BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO
28 abril 1977 (número 101)
Decreto 26 abril 1977, núm. 871/77 (Presidencia)
ECONOMISTAS Y PROFESORES Y PERITOS MERCANTILES
Estatuto Profesional

Artículo único. Se aprueba el adjunto Estatuto de las Actividades Profesionales de los Economistas y de los Profesores y Peritos Mercantiles, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

ESTATUTO PROFESIONAL DE ECONOMISTAS Y DE PROFESORES Y PERITOS MERCANTILES

TITULO V. - DEL EJERCICIO PROFESIONAL DEL PROFESOR Y DEL PERITO MERCANTIL

CAPITULO UNICO. Del ejercicio profesional.
Art. 14. El Profesor y el Perito Mercantil podrán ejercer su profesión en ejercicio libre o como empleados de la Empresa. En este último caso se estará a lo dispuesto por analogía en el Decreto de 25 de abril de 1953 (R. 669 y N. Dícc 27663.
Art. 15. Los informes o trabajos de carácter económico, financiero o contable firmados por Profesor o Perito Mercantil colegiados, y dentro de las funciones que a cada uno se señalan en este Estatuto surtirán los efectos señalados por las Leyes, ante la Administración Central, Local o Paraestatal y otros Entes territoriales.
Art. 16. Se presumirá que existe ejercicio profesional cuando concurra alguna de las condiciones siguientes:
A) Aceptación, firma o desempeño de la profesión en despacho público.
B) Anuncio u ofrecimiento público de informes o estudio sobre cuestiones propias le dichos titulados.
C) Percibo de remuneraciones u honorarios por trabajos, informes o estudios que revistan un carácter oficial o público.
D) Cualquier otra manifestación o hecho que permita atribuir el propósito del ejercicio profesional.

Disposición adicional
La regulación efectuada por el presente Estatuto se entiende en todo caso sin perjuicio de los derechos que correspondan a otros titulados.

Disposición final
La modificación en el presente Estatuto se realizará previo informe del Consejo General de Colegios de Economistas de España y del Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulares Mercantiles de España.